Contar con nuestros servicios para vender un piso rápido te ayudará a llevarlo todo de una forma mucho más sencilla y rápida. Hacerlo por cuenta propia se podría convertir en un proceso arduo de llevar. De hecho, ¿has escuchado hablar sobre la plusvalía municipal? o ¿sabes cuánto se paga de plusvalía en Andalucía? Si eres propietario de alguna vivienda del sur de España y quieres vender tu piso, te recomendamos que sigas leyendo nuestro artículo porque podría interesarte mucho.
¿Qué es la plusvalía?
Seguramente habrás escuchado alguna vez el concepto de plusvalía municipal, pero no acabas de entender qué es, cuándo se aplica o cómo se calcula. Pues bien, digamos que la plusvalía, o dicho de otra manera IVTNU (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), es el impuesto que se genera cuando se transmiten terrenos, al margen de que haya o no edificación. Es decir, que en el momento que vendes o transmites el terreno, pagas el impuesto por el terreno.
Por ejemplo, si quieres vender un piso en Málaga, tendrás que evaluar el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento que se transmiten. Y es de hecho, uno de los impuestos más comunes en el sector inmobiliario. Aunque existen más impuestos sí tienes que vender un piso. Te recomendamos que lleves a cabo una valoración de viviendas gratis para poder calcular mejor los posibles gastos de venta.
¿Cuándo se paga la plusvalía municipal?
Las dos situaciones que se presentan a la hora de tener que calcular la plusvalía municipal es si vamos a vender un piso de nuestra propiedad, o bien, un piso heredado. Aunque también podría ser por recibir un piso por una donación. Es decir, para vender un piso en Almería, o en cualquier ciudad de España, tendrás que saber en qué plazo te encuentras para no pasarte de las fechas establecidas. A continuación, los plazos de pago:
- Venta o donación: El plazo para pagar este impuesto suele ser de 30 días desde la fecha de compraventa o donación de la casa.
- Herencia: En este caso, se tienen 6 meses que cuentan desde el fallecimiento del antiguo titular de la casa.
¿Qué pasa si pago la plusvalía fuera de plazo?
Te recomendamos que sigas los plazos establecidos que hemos señalado anteriormente. Pero, si por alguna razón perdieras los plazos, el Ayuntamiento de cada municipio se pondría en contacto contigo por correo postal exigiendo el pago, pero, incluyendo un incremento por demora. El porcentaje de incremento por pagar fuera de plazo sería:
- Los 3 primeros meses un 5% más.
- Entre 3 y 6 meses más en demora un 10%.
- Entre 6 y 12 meses más en demora un 15%.
- Si tardamos más de un año un 20% más.
¿Cómo se paga de plusvalía en Andalucía?
El Real Decreto Ley-26/2021 del 8 de noviembre es el que estima el cálculo de este impuesto. En el caso de Andalucía, si quieres vender un piso en Sevilla, al ser la capital, hay que pagar el impuesto al Ayuntamiento de Sevilla. Si, por el contrario, el inmueble está en algún pueblo o alrededores de la provincia de Sevilla, se tiene que abonar al OPAEF (Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal). Por tanto, para pagarlo, hay que ir al Ayuntamiento o al OPAEF con la documentación del inmueble.
En este reciente decreto, se establecieron dos fórmulas de cálculo del impuesto. Por un lado, el método objetivo y por otro, el valor real. Puedes escoger entre estos dos métodos según te sea más beneficioso.
¿Cuánto se paga de plusvalía en Andalucía?
Método objetivo
Es el más sencillo de calcular. Tienes que multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente correspondiente al número de años que hayas tenido en propiedad la vivienda, es decir, el objeto de tributación. Los coeficientes son los establecidos por el Real Decreto.
Valor catastral x número de años = Base imponible
Una vez multiplicado el valor del suelo por el coeficiente, obtenemos la base imponible, a la que se le aplica el porcentaje impuesto. Que en el caso de Sevilla es de 26,8%.
Base imponible x Tipo Impositivo (26,8%)
Los coeficientes son los siguientes:
Menos de un año = 0,14 |
1 año = 0,13 |
2 años = 0,15 |
3 años = 0,16 |
4 años = 0,17 |
5 años = 0,17 |
6 años = 0,16 |
7 años = 0,12 |
8 años = 0,10 |
9 años = 0,09 |
10 años = 0,08 |
11 años = 0,08 |
12 años = 0,08 |
13 años = 0,08 |
14 años = 0,10 |
15 años = 0,12 |
16 años = 0,16 |
17 años = 0,20 |
18 años = 0,26 |
19 años = 0,36 |
20 años = 0,45 |
Valor real
Si nos interesa más calcular la plusvalía municipal en Andalucía mediante el valor real, deberemos seguir los siguientes pasos:
- Calcular la ganancia patrimonial. Es decir, la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión.
- Base imponible. Multiplicar la ganancia patrimonial por el porcentaje sobre el valor total del activo del valor del suelo.
- Aplicar el Tipo Impositivo. Finalmente una vez tenemos la base imponible lo multiplicamos por el Tipo Impositivo, que como hemos dicho anteriormente en Sevilla es de 26,8%.
Precio de venta – Precio de compra = Ganancia patrimonial
Ganancia patrimonial x Porcentaje del valor del suelo = Base Imponible
Base Imponible x Tipo impositivo (26,8%) = Precio plusvalía municipal
Obtén la ayuda que necesitas para vender una vivienda
¿Estás pensando en vender un inmueble en Andalucía? Sabemos que calcular la plusvalía municipal no es tarea fácil. Por eso en Housfy te ayudamos en todo el proceso para vender tu propiedad, además de hacerte ahorrar en comisiones. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y se encargará de todas las gestiones como la solicitud de documentación o la valoración de una vivienda.