Seguro de impago de alquiler: tu mejor alternativa en el arrendamiento

Seguro impago alquiler

Al poner en alquiler un piso lo que más inquieta es si el inquilino dejará de pagar, y como propietario no se quieren asumir riesgos ni tener que gestionar este tipo de incidencias. ¿La solución? Contratar un seguro de impago de alquiler.

Alquila tu piso y olvídate de las preocupaciones0% morosidad. Nos hacemos cargo si el inquilino no paga.

¿En qué consiste el seguro de impago de alquiler? 

El seguro de impago de alquiler es un producto que se encarga de garantizar la máxima seguridad del propietario de un inmueble alquilado, protegiéndolo de la morosidad de su inquilino. La mayoría de compañías cubren entre 6 y 12 meses de renta impagada, siendo más alto el precio del seguro cuantos más meses de cobertura ofrezca.

EJEMPLO 🔎: Alquilas hoy su piso con una póliza que cubre hasta 12 meses de impago. Tu inquilino paga religiosamente todos los años, pero en enero de 2030 deja de pagar. La aseguradora te cubrirá las rentas impagadas hasta enero de 2031.

Servicios de los seguros de impago de alquiler

Así, los servicios que las compañías de seguros suelen ofrecer son: 

  • Cobro garantizado: Todos los meses cobrarás la mensualidad del alquiler, hasta un límite establecido en la póliza.
  • Asesoramiento legal y fiscal: Puedes realizar consultas sobre obligaciones y derechos de los implicados.
  • Actuación inmediata de desahucio: Cuando se dé un incumplimiento de las obligaciones.

Coberturas de los seguros de impago de alquiler

Las coberturas que puedes solicitar en un seguro de impago de una vivienda alquilada hacen referencia al continente, pero en muchas ocasiones también al contenido de la propiedad. Podrás escoger las coberturas que más te convengan dependiendo de tus necesidades. Las más comunes son:

  • Asegurar el cobro de las mensualidades del alquiler.
  • Desperfectos y daños del contenido de la vivienda, como el mobiliario y la conservación del mismo.
  • Actos vandálicos.
  • Gastos de cerrajero y cerradura.
  • Mantenimiento de la propiedad alquilada.
  • Asesoramiento y filtro al escoger un buen inquilino.
  • Cobertura de defensa jurídica ante un posible desahucio.
  • Reclamaciones por infracciones de normas legales.
  • Reclamaciones frente a la comunidad de propietarios.
  • Asistencia jurídica telefónica.

¿Qué acciones toman las compañías de seguros?

Ante una suspensión de pago del alquiler, las compañías suelen actuar de la siguiente manera:

  1. Asume por adelantado el importe de las mensualidades sin pagar (habitualmente con un máximo entre los 6 y los 12 meses).
  2. Un abogado de la compañía reclama formalmente el pago del alquiler al inquilino moroso, en primer lugar, de forma amistosa.
  3. Si el inquilino sigue sin pagar o incumple un posible acuerdo de pago al que haya llegado con el abogado, la aseguradora emprende los trámites para conseguir la sentencia de desahucio y la reclamación de la cantidad.

De esta manera, si contratas un seguro de impago de alquiler, tendrás todo un respaldo legal, tanto para conseguir que el arrendatario pague, como para recuperar tu vivienda en el menor tiempo posible y sin arriesgar ninguna mensualidad.

Tip Housfy. 💡Si tienes dudas sobre un posible impago del alquiler de tu inquilino, lo mejor es asesorarte con un experto, puedes hacerlo aquí.

Requisitos necesarios para contratar un seguro de impago de alquiler 

Antes de hacerse cargo del impago del alquiler, la compañía aseguradora comprueba algunos requerimientos, relacionados con la solvencia de tu inquilino:

  • El contrato laboral de tu inquilino. No podrás contratar una póliza de seguros si tu inquilino no tiene un contrato de trabajo vigente.
  • Sus últimas nóminas. La compañía de seguros se asegura de que las rentas del alquiler no superan el 40 % de sus ingresos.
  • Un contrato de alquiler. Para poder tirar adelante con la contratación, deberás presentar el documento firmado por ambas partes donde aparece la información del alquiler, la duración y el precio de las rentas.

¿Qué puedes y no puedes pedir a tu inquilino?

Según la Ley de Protección de Datos, hay una serie de información y datos que no es legal pedir a un inquilino cuando se quiere comprobar su solvencia.

En el artículo 6.1, la Ley de Protección de Datos establece que es lícito pedir al inquilino toda aquella información personal necesaria para establecer un contrato de alquiler, así sea el nombre completo, el DNI, número de teléfono, correo electrónico o número de cuenta, entre otros, y el inquilino estará obligado a facilitártelos si quiere llevar a cabo el arrendamiento.

Asimismo, puedes facilitar estos datos a las compañías suministradoras de agua, luz y gas para dar de alta los servicios sin necesidad del consentimiento explícito del arrendador, siempre y cuando sea este mismo quien vaya a pagarlos.

Como hemos dicho anteriormente, al ser el principal problema el impago de los alquileres, lo más habitual es solicitar a los arrendatarios documentación complementaria para analizar la solvencia de estos. Por lo tanto, es totalmente legal pedir, entre otros:

  • Las tres últimas nóminas
  • La última declaración de la renta
  • El contrato de trabajo
  • El informe de vida laboral 

Como garantía adicional, en el caso de que el futuro inquilino no tuviera unos ingresos especialmente elevados, para evitar un impago del alquiler podrías pedirle un aval bancario.

En cualquiera de los casos, siempre será necesario informar al inquilino acerca del uso y tratamiento que se hará de sus datos. Para ello, tendrás que incluir una cláusula en el contrato de alquiler, o un anexo informativo sobre la protección de datos, que te pueden redactar la agencia inmobiliaria o un abogado.

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¿Quién se hace cargo de los gastos de un seguro de impago de alquiler?

Como propietario, deberás ser tú quien contrate el seguro de impago de alquiler, ya que eres el principal beneficiado, razón por la cual deberás encargarte de abonar las cuotas a la compañía aseguradora.

Aun así, quien paga el seguro de impago de alquiler depende en realidad de la situación. Algunos arrendadores deciden sumarlo a las rentas del inquilino o deducirlo de ellas, por lo que mantener el seguro no supone demasiado gasto para el propietario.

Seguro de impago completo con Housfy

En Housfy, además de un seguro de impago de alquiler, también te ofrecemos una gestión integral del alquiler. ¿Qué significa esto? Que estamos en contacto y disponibles todo el tiempo para la mayor tranquilidad de nuestros clientes:

  • Nuestros agentes resuelven cualquier incidencia durante el arrendamiento.
  • Garantizamos el cobro puntual cada mes.
  • Tienes la asistencia de nuestros expertos.
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