“Tengo 65 años y quiero vender un piso, ¿estoy exento de algún impuesto?”. Si tienes más de 65 años, seguramente te habrás hecho esta pregunta anteriormente. A diferencia de otras personas de distintas edades, la venta de inmuebles de los mayores de 65 años está sujeta a otras medidas en la normativa fiscal, que no se aplican en las demás transacciones, y que dan derecho a exenciones en los pagos de cierto impuesto.
Tengo 65 años… ¿De qué impuesto estoy exento?
Cuando una persona mayor a los 65 años desea vender su casa, tiene ciertos privilegios respecto a los demás. Según el artículo 41.bi del RD 439/2007, este colectivo no tendrá que pagar IRPF si la venta se produce en relación a su vivienda habitual. ¿Qué quiere decir esto? Pues que en la vivienda se ha debido residir, al menos, los tres años consecutivos anteriores a la compraventa.
¿Qué condiciones hay?
El primer requisito a cumplir, como hemos mencionado, es que el inmueble haya sido la residencia habitual del vendedor durante los últimos 3 años.
No hay que confundir esto con la reinversión en vivienda habitual. Cualquier persona, independientemente de su edad, puede acceder a una exención del IRPF si reinvierte los beneficios obtenidos con la venta de su vivienda habitual en la compra de otra vivienda habitual, en un plazo de dos años, ya sea antes o después de la venta. Puedes leer más al respecto en nuestra guía.
¿Y cuando se trata de la venta de una vivienda no habitual?
Si estás en esta situación, ¡no te alarmes! Existe un caso para poder aplicar la exención a viviendas que no sirven como habitual, como por ejemplo una segunda residencia en la playa. Los mayores de 65 años que vendan una segunda residencia estarán exentos del IRPF cuando los beneficios de la venta del inmueble son destinados a la constitución de una renta vitalicia.
Una de las cosas que hay que tener en cuenta es que la normativa marca un límite de ganancias en relación a la exención del impuesto de 240.000 euros.
¿Qué otras alternativas hay para no pagar este impuesto?
Más allá de la exención por vivienda habitual o por vivienda no habitual, existe otra alternativa para no tener que pagar IRPF.
Se trata del caso de las donaciones. De lo que se trata es que en numerosas ocasiones los mayores de 65 años hacen una donación de una vivienda habitual a sus hijos o nietos. En este caso, la persona mayor de 65 años está exenta de pago de IRPF.
Asimismo, la responsabilidad del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones recae sobre la parte que recibe el inmeuble. La persona mayor de 65 no pagará dicho impuesto.
En definitiva, si tienes más de 65 años y estás pensando en poner a la venta tu piso, ¡no te apures por los pagos! Con la nueva reforma fiscal, tendrás más beneficios que otros colectivos, gracias a la exención del pago del IRPF.
Vende tu piso y ahorra en comisiones
Tanto si eres mayor de 65 años como si no, lo mejor para ti es que conozcas todos los trámites e impuestos asociados a la venta de tu vivienda. Para poder conocerlo bien, lo mejor es que confíes en expertos inmobiliarios y te dejes aconsejar por ellos. En Housfy contamos con los mejores profesionales del sector inmobiliario que te acompañarán en todos los movimientos que des en la venta de tu inmueble.
Buenas tardes he comprado un piso en Baleares, desde 3 años, y soy mayor de 65 años, estoy empadronado en el piso pero tengo recidencia fiscal en Italia, tengo que pagar la plusvalia o tener la residencia fiscal en España asi soy libre de la plusvalia?
Gracias
¡Buenas tardes Angelo! El impuesto de la plusvalía municipal depende del ayuntamiento. Esta administración será quién establezca el trámite para efectuar el pago. Al tener más de 65 años no pagarías la plusvalía municipal por ganancia patrimonial, estás exento de este impuesto. De todas formas, te aconsejamos consultarlo con un asesor fiscal para que te de las pautas de cómo hacerlo. ¡Un saludo!
Hola. Quiero vender mi vivienda habitual. Yo tengo 65 años y mi mujer 62. La vivienda la tenemos a nombre de los dos. ¿Estoy exonerado de pagar impuestos?
Gracias
¡Buenos días Javier! En vuestro caso estáis exentos de pagar impuestos sobre la venta de la vivienda siempre y cuando destinéis dicho importe en una renta vitalicia por un máximo de 240.000 euros. ¡Un saludo!
Hola buenas,
Solo por confirmar, si solo uno de los dos tiene mas de 65 años, ¿están liberados los dos de pagar IRPF por la venta? Y si no es vivienda habitual?
Gracias
¡Buenas tardes Fernando! No la bonificación es sobre el porcentaje de titularidad del titular que tiene más de 65 años. ¡Un saludo!
Javier esta exento si es su residencia habitual y tiene 65 años, su mujer al tener 62 no esta exenta pero puede optar invertir su parte en una renta vitalicia hasta 240k y asi no tener que pagar impuesto,.
Hola.
Desearia saber en el caso de una persona de 83 años que vendio un terreno sin edificar y si nada en el mismo durante el 2019, deberia de hacer declaracion de la renta por ello.
Muchas gracias de antemano
Tengo 70 anos y quiero vender un terreno que tengo a media , y soy no residente que impuestos tengo que pagar en la venta ?
muchas gracias
Buenas tardes Luis. Debes pagar los impuestos correspondientes al municipio donde se va a realizar la venta. En el ayuntamiento te informarán del importe. ¡Un saludo!
¡Buenos días Santiago! A partir del 1 de enero del 2015 las ganancias patrimoniales obtenidas por personas mayores de 65 años o con dependencia severa o gran dependencia no tributan. Estas ganancias son derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales que no sean vivienda habitual siempre que el importe logrado se reinvierte en 6 meses en una renta vitalicia (con un máximo de 240.000 euros). ¡Un saludo!
Si mis padres que tienen más de 65 años vendieron su vivienda habitual antigüedad muchísimos años. Q es lo q pueden librar de pagar la plusvalía o la ganancia patrimonial o ambas? Y si hay alguna forma de q le quede exento como reinveetir en. Pdto rentas vitalicias?
¡Buenos días Javier! En tu caso te recomendamos consultar tu situación con un asesor especialista en estos temas para que pueda darte la mejor solución. ¡Un saludo!
Tengo 78 años, Vendí un terreno y quería saber que impuestos tengo que pagar ??
¡Buenos días Chris! Como le hemos comentado a Santiago, A partir del 1 de enero del 2015 las ganancias patrimoniales obtenidas por personas mayores de 65 años o con dependencia severa o gran dependencia no tributan. Estas ganancias deben de ser derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales que no sean vivienda habitual siempre que el importe obtenido se reinvierte en 6 meses en una renta vitalicia. ¡Un saludo!
Estamos vendiendo un piso con vosotros por 92900 mi madre es la titular y tiene más de 65 años que impuestos tiene que pagar?ella a vivido más de 20 años en dicha vivienda
¡Buenos días Felix! En este caso, tu madre estará exenta la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión onerosa o lucrativa de la vivienda habitual, tanto si ésta se transmite a cambio de un capital como si se transmite a cambio de una renta, temporal o vitalicia. La exención también se aplica a la transmisión de la nuda propiedad de la vivienda habitual por su titular mayor de 65 años, reservándose éste el usufructo vitalicio sobre dicha vivienda. Esperamos haberte ayudado con tu consulta. ¡Un saludo!
Hola, mi madre de 78 años a vendido una casa por 95,000,00 €, no era su vivienda habitula si no de veraneo. Tiene que tributar ?
¡Buenas tardes Ramon! En este caso al ser mayor de 65 años está exento de pagar impuestos siempre y cuando se destine el dinero de la venta en una renta vitalicia por un máximo de 240.000 euros. ¡Un saludo!
Quiero vender una vivienda enMadrid adquirida en 1984 .
No es mi vivienda habitual ¿a que deducciones de impuesto por plusvalía me puedo acoger?
Al no ser mi vivienda habitual ¿si espero a los S 65 años también puedo acogerme a, algún tipo de reducción?
Gracias
¡Buenos días Juan! Una vez cumplas los 65 años estarás libre de impuestos por vender una segunda vivienda siempre que cumplas una condición: destinar el dinero obtenido en una renta vitalicia de un
máximo de unos 240.000 euros. ¡Un saludo!
Hola! Mis padres venden su vivienda habitual por 240.000€, son mayores de 65 años los dos y reinvierten en otra vivienda. En el Ayuntamiento de Barcelona nos dicen que NO están exentos de pagar plusvalía, salvo que tuvieran hipoteca sobre la vivienda. Es correcto? En qué Real Decreto explica que estén exentos de la plusvalía municipal? Gracias
¡Hola Yolanda! Sí, es correcto, tendrán que pagar el impuesto de plusvalía si han obtenido una ganancia patrimonial. ¡Un saludo!
esta respuesta me crea mas confusion, y parece que no soy el unico. Tenia entendido que: Si es mayor de 65 (o no) y vende su vivienda habitual (habiendo residido los ultimos 3 anios) y reinviertes la totalidad en otra vivienda habitual, no hay que pagar impuestos de plusvalia, independientemente de hipotecas o no y del importe de la plusvalia. estoy equivocado?
Hola, Juan Carlos. No te preocupes, miramos de aclararlo. 😊
Primero de todo, es importante diferenciar la plusvalía municipal (un impuesto sobre el incremento del valor del terreno, que se paga al Ayuntamiento) del pago del IRPF en la declaración de la renta (que se paga a Hacienda). Son dos impuestos distintos relacionados con la venta de una vivienda.
Por un lado, la plusvalía municipal hay que pagarla siempre que haya habido un incremento de valor en el terreno sobre el que se yergue la vivienda. No existe una exención para mayores de 65 años ni por reinversión en vivienda habitual. Puedes calcular de manera orientativa cuánto pagarás de plusvalía con nuestra herramienta gratuita.
Por otro lado, en la declaración de la renta, todo el mundo deberá hacer constar la venta de su vivienda y cada uno pagará la cantidad de IRPF según las ganancias patrimoniales derivadas de ella. En este caso, sí que existen varias exenciones de las que podrías beneficiarte: por ejemplo, si eres mayor de 65 años y vendes tu vivienda habitual, o bien cualquier persona que venda su vivienda habitual y reinvierta las ganancias en otra vivienda habitual, como tu comentas.
Esperamos haber resuelto tu confusión.
Hola mi marido tiene 69 años y yo 63 ,he vendido un piso a mi hija y el resultado del incremento del beneficio que yo he tenido desde el año 1998 al 2021 es de 4765 €, de los cuales me hacen pagar 3600 y algo de plusvalía o sea que a mí me queda de beneficio del suelo que ha adquirido mi piso mil y pico de euros esto es justo?!?
¡Buenas tardes Isabel! En tu caso te recomendamos que lo consultes con un asesor fiscal para que pueda indicarte cuál hubiese sido la mejor opción para obtener un mayor beneficio. ¡Un saludo!
Buenas tardes:
Mi madre tiene 88 años y tiene que vender su vivienda habitual para irse a vivir a una de alquiler más cerca de mí, ya que necesita tener a alguien cerca. El piso está en Madrid y lo compró en el año 1968, viviendo en él desde entonces. ¿Tendría que pagar algún impuesto como la plusvalía municipal o estaría exenta?
Gracias por su respuesta.
Un saludo. Alicia
¡Buenas tardes Alicia! En el caso de tu madre estará exenta de impuestos, no siendo necesario ningún tipo de reinversión. ¡Un saludo!
Hola buenos días ,mi tía tiene 86 años ,a vendido su piso , porque sea ido a una residencia ,está en Barcelona ,tiene que pagar algún impuesto , gracias y un saludo.
¡Buenos días Carmen! Las personas mayores de 65 años no deberán pagar impuestos siempre que la vivienda vendida sea la habitual. ¡Un saludo!
Hola pues nos dijeron que tenía que pagar la plusvalía y subió a 7600€, siendo su vivienda habitual ,esto es normal , porque me parece muy fuerte.
Gracias
¡Buenas tardes Carmen! El Impuesto de Plusvalía es uno de los impuestos más costosos que debemos de asumir cuando vendemos una casa. Este depende del valor catastral del suelo en el que se encuentra la vivienda, además del coeficiente que indica el Ayuntamiento donde se ubica el inmueble y que no debe superar el 3,7% y el tipo de impositivo que suele ser del 30%.
Hola soy jubilada con 69 años y quiero vender mi única vivienda aunque solo llevo empadronada 2 años ya que viví de alquiler en la playa
La venta sería para comprar otra cerca de mis hijos
Cuantos impuestos pagaria
¡Buenas tardes! Para las personas mayores de 65 años la normativa fiscal es diferente, pudiendo quedar libres de impuestos, sobre todo cuando se trata de la vivienda habitual, que consiste en vivir efectivamente durante 2 años en la vivienda. ¡Un saludo!
HOLA, TENGO MAS DE 65 AÑOS Y QUIERO VENDER MI VIVIENDA HABITUAL EN LA QUE ESTOY EMPADRONADO (BARCELONA) PERO APARTE TAMBIEN DISPONGO DE UNA SEGUNDA RESIDENCIA.. LA PREGUNTA: TENDRE QUE PAGAR LA PLUSVALIA DE LA VIVIENDA HABITUAL O ESTOY EXENTO POR SER MAYOR DE 65 AÑOS, TENIENDO ADEMAS UNA SEGUNDA RESIDENCIA..? MUCHAS GRACIAS.
¡Buenas tardes! No, si quieres vender tu vivienda habitual y tienes más de 65 años estás libre de impuesto, como de la Plusvalía. ¡Un saludo!
A mediados de septiembre hará tres años de la reinversión de mi vivienda habitual. Ahora tengo 65 años vendo la vivienda y del comprador quiere el contrato de arras en agosto. Esto es posible ? O pierdo el beneficio fiscal?
Cuando compre la nueva vivienda debo pagar Iva ( piso nuevo) gracias
¡Buenas tardes Mar! No deberás pagar impuestos si eres mayor de 65 años y el inmueble que vas a vender es tu vivienda habitual. Por lo que respecta al abono del IVA del piso nuevo, sí que tendrás que pagarlo. ¡Un saludo!
Buenas tardes mi madre con 86 años vende una vivienda no habitual para cancelar la hipoteca de la habitual estaría exente de declararla.
¡Buenas tardes Jsé Antonio! Incluso si tu madre no tiene que pagar impuestos por tener más de 65 años, siempre es necesario hacer una declaración, pero en los casos de venta de una casa no habitual, la única forma de evitar pagar impuestos es si destinar el dinero obtenido en una renta vitalicia de un máximo de unos 240.000 euros. ¡Un saludo!
buenos días
mi pregunta es: Mi madre tiene 93 años y es casi ciega, necesita pagar una persona que esté con ella, pero se le terminan los ahorros y necesita vender una segunda vivienda, de los años 60, que no vale mucho, unos 40000 €, para poder seguir pagando a la señora, y ya está necesitando poner a otra por la noche, pues tiene perdida de equilibrio, ¿que porcentaje se lleva hacienda? por esa venta. gracias
¡Buenas tardes Manuel! La única forma de evitar pagar impuestos es destinar el dinero obtenido en una renta vitalicia de un máximo de unos 240.000 euros. ¡Un saludo!
Hola, mi madre vive en usufructo en una vivienda de la que no es propietaria, aparte de esta circunstancia tiene una vivienda en propiedad que quiere vender, tendría que pagar algo?
Buenas tardes, Silvia. Por la venta de la vivienda deberá pagar el IRPF por la ganancia patrimonial y el Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). ¡Un saludo!
Tengo una vivienda desde hace 4 años,voy a cumplir 65 ,qué manera es la mejor para que mi único heredero pague lo menos posible a hacienda
¡Buenos días! Tanto hacer un testamento en favor de tu heredero o una donación tiene sus ventajas y sus desventajas. En cuánto a los impuestos, pagarás menos si haces un testamento que una donación, pero, lo mejor en estos casos es consultar con un asesor fiscal que te pueda recomendar lo mejor. ¡Un saludo!
Buenas noches, tengo 64 años y mi mujer 62, queremos vender una vivienda no habitual cuando cumpla 65 años. De qué impuestos estamos exentos. Si vendemos por 400000€ y hacemos una renta vitalicia, por 240000€, del resto tenemos que tributar
¡Buenos días José Manuel! Los mayores de 65 años que venden su vivienda habitual está exentos de pagar los impuestos que implica una venta de vivienda habitual. Eso sí, si el inmueble está a nombre de ambos cónyuges, los dos debéis tener 65 años en el momento de la venta para disfrutar de la ventaja fiscal. ¡Un saludo!
HOLA QUIERO VENDER MI CASA PERO HA ESTADO ALQUILADA Y YO TAMBIÉN EN OTRO LUGAR
LLEVO UN AÑO VIVIENDO EN ELLA OTRA VEZ TENGO 70 AÑOS Y SERIA VENDERLA PARA COMPRAR OTRA
QUE GASTOS TENDRÍA?
¡Buenos días Ascensión! Si tienes más de 65 años y vendes tu casa estás exenta de pagar los impuestos por la venta de la vivienda. Aún así tendrás que hacerte cargo de algunos gastos como los costes de notaría y gestoría o de la comisión que cobra la inmobiliaria por gestionar la operación de venta. ¡Un saludo!
Mis dos hermanos y yo queremos vender un piso heredado de mi madre en Cádiz ,yo tengo 78 años que impuesto tengo que pagar
¡Buenos días! Tendrás que pagar el impuesto de plusvalía municipal y el IBI, ya que en este caso, al ser mayor de 65 años quedas exento de pagar el IRPF. ¡Un saludo!
Tengo 69 años, voy a vender una unifamiliar que ha sido mi vivienda habitual durante 24 años. Probablemente compre un piso, ayudada con un préstamo de mi familia. La cuestión es que compraré el piso antes de que venda mi vivienda habitual. Tendría algún problema para estar exenta de tributar por los posibles beneficiarios de esa venta.
Tengo entendido que se seguiría considerando mi unifamiliar, vivienda habitual, siempre que la venta sea dentro de los 2 años siguientes y sin necesidad de reinvertir
¡Buenos días Fortu! Según la legislación vigente, tendrías que vender antes tu vivienda habitual para poder reinvertir ese importe en tu nueva residencia habitual y estar exenta de pagar el IRPF. Aún así, los mayores de 65 años que vendan su vivienda habitual ya están exentos de pagar este impuesto. ¡Un saludo!
Buenos días, hemos vendido un apartamento en Cullera(Valencia) por 180.000 euros, están firmadlas las arras y en 20 días firmamos la venta. Hace 1 mes firme la construcción de una casa nueva en un terreno que tenemos.
La pregunta es: si el dinero que reciba del apartamento (que recibiré entorno a un 30-40%), lo invierto en la construcción de mi nueva vivienda, que será mi vivienda habitual, puedo evitar pagar algún impuesto?
Muchas gracias y un saludo!
¡Buenos días Pedro! Si reinviertes la totalidad del importe de la venta de tu vivienda habitual en la construcción de la que será tu nueva vivienda habitual puedes ahorrarte pagar el IRPF por la venta de esta. ¡Un saludo!
Hola mis padres divorciados están en proceso de vender un inmueble por 370.000€, los 2 siguen empadronados como primera vivienda en esta. Mi padre tiene 71 años y mi madre en 1 mes y medio hace 65.
Si firman las arras ahora y en 1,5 meses Venden el inmueble tendrán problemas con hacienda?
Muchas gracias
¡Buenos días Pol! En vuestro caso lo mejor sería que un asesor fiscal revisara todo el proceso de venta de la vivienda que queréis llevar a cabo para poder saber si una vez firmen el contrato de arras pueden tener problemas. ¡un saludo!
Buenos días. Haber si me sabéis decir. Mis padres tienen 82 y 77 respectivamente,quieren vender su piso porque se van ha ir a una residencia. Con el dinero quieren repartir a partes iguales con sus hijos.tienen que pagar algún impuesto? En qué puede afectar el dar a los hijos un dinero como herencia en vida?
Muchas gracias
¡Buenas tardes Rosa! En caso de que tus padres quieran transmitiros la vivienda en vida, tendrán que haceros una donación, de la cual la principal desventaja es que se tiene que abonar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para llevarla a cabo y cuesta un dinero tanto para el donante como para el donatario. ¡Un saludo!
Buenos dias.
Llevo viviendo en mi vivienda habitual mas de 20 años. Cumplo 65 años en diciembre de este año. ¿ En el caso de venderla unos meses antes de cumplir los 65 (pongamos por ejemplo en agosto), podría beneficiarme de la exención, o para ello debería esperar y venderla después de cumplir los años?
Muchas gracias.
¡Buenas tardes Manuel! Para poder disfrutar de la exención debes tener 65 años o más cuando vendas tu vivienda habitual. ¡Un saludo!
Buenas tardes,
El caso que presento es sencillo. Mis padres han vendido una vivienda en copropiedad. Uno de los conyuges tiene más de 65 años. Ha sido vivienda habitual durante muchos años, pero no durante los últimos 10. Podría la persona más de 65 años estar exenta de pagar la ganancia patrimonial? La otra persona sí que lo haría como propietaria del 50%.
Muchísimas gracias.
Apunto de que la ganancia patrimonial por la venta no se acerca a los 240.000 euros.
¡Buenas tardes José Carlos! Para poder disfrutar de la exención que ofrece Hacienda, ambos deben de residir en la actualidad y con una anterioridad de mínima de 3 años y estar empadronados en la localidad en la que se encuentra el inmueble. ¡Un saludo!
Buenas noches. Mi esposa y yo tenemos separación de gananciales y tenemos un prestamo hipotecario a nombre de los dos, 50 % cada uno. El prestamo fue para la adquisición de vivienda habitual . Ahora vamos a vender esta vivienda y reinvertir el dinero en la compra de otra vivienda habitual, cancelando la hipoteca actual. Mi esposa tiene 65 años y es pensionista y yo tengo 60 años y aun trabajo. la diferencia entre el precio de compra en 2004 y la venta en 2022 es de unos 33.000 € que me imagino será ganancia patrimonial. Mi duda es qué que si al ser ella pensionista está exenta de pagar el 50 % de impuestos como la plusvalía y si a mi me corresponde pagar el 50 % de mi parte de la vivienda o estamos ambos excentos del pago de impuestos, o por el contrario los dos hemos de abonar la totalidad de la plusvalía o cualquier otro impuesto. Gracias y espero no haberme liado mucho con la pregunta
¡Buenos días Santiago! Si tu esposa es mayor de 65 años, estará exenta de pagar el IRPF por la venta de la vivienda. Pero, aunque exista esta exención sobre el IRPF, igualmente estará obligada a pagar la totalidad del importe correspondiente por la plusvalía. ¡Un saludo!
Buenas. Mi madre de 92 años ha ingresado en una residencia de ancianos. Tenemos previsto vender un terreno urbano (no vivienda habitual) del cual ella es usufructuària y yo nuda propietaria. Se vende por menos de su valor catastral. El destino del dinero es pagar el último año de mi hipoteca de VPO y un préstamo personal mío (vehículo), el resto son impuestos y lo que quedé no sé cómo repartirlo, entiendo que el resto parte le corresponde.
Cómo nos afecta a las dos en la declaración de renta? Lo veo complicado.
¡Buenas tardes Tere! En tu caso lo mejor sería consultar con un asesor fiscal que pueda hacerte el cálculo del importe que pagarás por el IRPF a causa de la situación que nos comentas. ¡Un saludo!
Tengo una casa donde resido con mi mujer desde hace 30 años, la quiero vender y cada uno tenemos 72 años, tendría que pagar incremento patrimonial en la renta y la plus valía municipal. Se da tambien el caso concreto que vendemos la casa para comprar un piso con ascensor ya que la casa donde vivimos como propietarios no lo tiene.
¡Buenas tardes Luis! Las personas mayores de 65 años que quieran vender su vivienda habitual están exentas de pagar ciertos impuestos. Eso si, hasta obtener un beneficio de 240.000 euros y siendo el propietario al menos 3 años antes de su venta. Quedan exentos de pagar el IRPF, no obstante, sí que se tiene que asumir el coste la plusvalía municipal, que depende de cada ayuntamiento. Además, la venta del inmueble afecta a la obligación de presentar la declaración de la renta, en ese ejercicio. ¡Un saludo!
Buenas
Voy a comprar una vivienda,soy pensionista, tengo una incapacidad absoluta y una minusvalía del 53%,no declaro hacienda(pais vasco)
Mi pregunta es si estoy exenta del IVA o Impuesto de transmisiones de compra de la vivienda
Un saludo
Yolanda
¡Buenos días Yolanda! Al tener un grado de minusvalía superior al 33% obtendrás un tipo reducido del 2,5 % del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, por el contrario, al comprar una vivienda no tendrás ninguna reducción del IVA. Lo mejor será que consultes tu caso con un asesor fiscal para que te pueda guiar mejor. Esperamos haberte ayudado. ¡Un saludo!
buenas tardes, tengo 65 años y mi mujer 66 estamos casados en gananciales , tenemos un piso en propiedad exento de deudas que ha estado alquilado durante 30 años, y donde nos hemos mudado y empadronados durante los últimos 2 años de manera que es a todos los efectos nuestra primera vivienda aunque disponemos en propiedad de otra vivienda mas.
Nos gustaría venderlo.
Mi pregunta es si la exencion fiscal de los 240.000 € nos afecta a cada uno, es decir seria en conjunto de 480.000€ o si es 240.000 entre los dos.
Por otro lado para calcular la incremento patrimonial hay que minorar sobre el precio de compra la amortizacion del inmueble de la que nos hemos beneficiado durante los 30 años de arrendamiento.
Muchas gracias
¡Hola, Ignacio! Si quieres vender tu piso, podemos asesorarte y acompañarte durante todos los trámites. Pero, poder valorar todos los aspectos de tu casuística, tendrás que darnos un poquito más de información sobre tu vivienda en este enlace y nos pondremos en contacto contigo pronto.
¡Un abrazo!
Buenas tardes, quiero vender mi casa por valor de 150.000 euros, en Barcelona y me compro otra casa por 40000 euros en Ponferrada. Tengo 65 años. Debo parar plusvalías. Gracias de antemano
¡Buenos días Ricardo! Aunque la plusvalía municipal que se ha generado por la venta de la vivienda habitual está exenta de tributar en el IRPF, esta operación ha supuesto un incremento patrimonial y se deberá de incluir en la declaración de la renta. Esperamos haberte sido de ayuda. ¡Un saludo!
buenas si compro una casa en españa los vendedores son ingleses mayores de 65 ellos estarian exentos de pagar irpf la venta seria por 100000 euros
¡Buenas tardes Frasco! Si lo vendedores residen en el Reino Unido y cuentan con un certificado de residencia allí, deberán tributar en su país cualquier operación. ¡Un saludo!
Hola, tengo 74 años, acabo de vender un piso comprado en 1970, que ha sido mi vivienda familiar hasta 1997. Desde entonces ha estado alquilado durante 10 años. Qué impuestos tengo que pagar?
¡Buenas tardes, Javier!
Si tienes 74 años y vendes tu casa, estás exento de pagar el IRPF. Aun así, tendrás que hacerte cargo de la plusvalía municipal en caso de que las ganancias patrimoniales de la venta superen los 240.000 euros. Si ese es el caso, deberás tributar el importe que sobrepase esa cifra límite. También deberás hacer frente al IBI, el cual podrás repartir entre tú y el comprador.
¡Un saludo! 😊
Hola, tengo en venta una vivienda q a partir de mayo será mi vivienda habitual puesto q me empatronare en ese municipio decir q cumplo los 65 años en julio, si me espero a venderla a partir de los 65 estoy exsento de pagar impuestos por aver cumplido 65 años, muchas gracias
¡Buenas tardes Juan! Para poder hacerlo, y considerar esta vivienda como vivienda habitual, deberás de estar empadronado y residir allí durante 3 años consecutivos. De esta manera estarías exento de algunos impuestos al vender tu vivienda teniendo más de 65 años. Esperamos haberte ayudado 🙂 ¡Un saludo!
Si vendo mi piso VPO llevo 15 años con el tengo 72 años y una incapacidad del 34%y me voy a otro piso alquilado está vez que tengo que pagar ? Gracias
Buenos días, Nieves. Necesitamos un poco más de información para poder contestarte. Si estás plantéandote vender tu piso VPO, nosotros podemos ayudarte con las gestiones y asesorarte sobre el proceso. Puedes comenzar por darnos más información de la vivienda en cuestión en el siguiente enlace: https://bit.ly/3Mhc6Um. Un experto se pondrá en contacto contigo lo antes posible para responder tus dudas.
Un saludo. 🙋♂️
Tengo 66 años y quiero vender mi vivienda habitual, la compré en 1980 , la vendo para poder comprar otra. Me gustaría saber qué plusvalía tendría que pagar y que otros impuestos. Muchas gracias y un saludo
¡Buenos días Mercedes! Si te parece podemos ayudarte con la venta de tu vivienda y todas las consultas relacionadas. Puedes obtener más información de cómo vender una casa en bit.ly/3Ep3mWI ¡Un saludo!
Buenas tardes,
Mi madre tiene 72 años, tiene un piso en propiedad hace 23 años, y ha vivido en él 21 años. Hace 2 años que vive en el pueblo de al lado en pareja estando empadronada. Por lo tanto el piso en propiedad actualmente no es su vivenda habitual. ¿Estaria exenta de plusvalia ?
Buenas tardes, Jose:
La plusvalía grava sobre el valor del terreno (y no de la vivienda), y específicamente cuando ha habido un incremento del valor desde su compra. Es indiferente si la casa construida encima del terreno es vivienda habitual o no lo es y también es indiferente la edad del propietario. Por ese motivo, tu madre deberá pagar la plusvalía municipal.
Ahora bien, por ser mayor de 65 años, estará exenta del pago del IRPF sobre la venta del inmueble en la declaración de la renta correspondiente.
¡Un saludo! 🙂
Hola.
Cumpliré 65 años en diciembre de 2023.
Quiero vendo mi vivienda habitual en 2023 pero antes de diciembre, es decir, haber cumplido los 65.
Dicha venta tendrá que ser declarada en la renta del 2023, en la que ya tendré 65.
Mi pregunta es si tendrá la exención fiscal por mayor de 65 años.
Buenas tardes, Juan Vicente. 🙂
Te recomendamos que te pongas en contacto con nuestros expertos inmobiliarios, que pueden ayudarte a poner tu vivienda en venta y te resolverán todas tus dudas en cuanto a trámites.
Si te parece, danos un poco más de información sobre tu vivienda en este enlace y un agente se pondrá pronto en contacto contigo.
¡Un saludo!
Buenas soy mayor de 65 años y voy a vender una finca rustica que exploto a medias y soy sujeto pasivo de iva. La venta me genera un incremento patrimonial de 240.000 euros. Estaré exento de pagar este impuesto?.
Muchas gracias
¡Buenas tardes Marisa! Te aconsejamos que vayas a un gestor para que te asesore cómo realizar la declaración de renta donde tendrás que declarar la venta de tu propiedad y las bonificaciones o exenciones fiscales que puedas tener. ¡Un saludo!
Hola, Buenos días:
Nos divorciamos en el 2007. El convenio regulador le deja el piso a ella hasta que se venda. Hay obligación de vender.
Entre la pensión y mi compromiso de ofrecer una cantidad mientras no se venda, para que llegue a fin de mes, ella cree que tiene suficiente para vivir y pone todo tipo de trabas para vender. Pero ya en julio del 2022, consigo vender este piso que fue el domicilio habitual. Tengo 76 años. En el reparto según convenio yo me llevo un 41% de precio de venta. Tengo 76 años. ¿Estoy exento del impuesto de plusvalía en IRPF? ¿Qué tendría que pagar?
¡Buenas tardes Luis! Te aconsejamos que vayas a un gestor para que te asesore cómo realizar la declaración de renta donde tendrás que declarar la venta de tu propiedad y las bonificaciones o exenciones fiscales que puedas tener. ¡Un saludo!
Tengo 75 años y he vendido mi vivienda habitual este año con beneficio de 35.000, aunque ya se que no tengo que pagar por ese beneficio, mi pregunta es: tengo que poner esa venta en mi declaración del IRPF 2023?
¡Buenas tardes Ignacio! Si, toda venta patrimonial ha de reflejarse en la declaración de renta del año en el que se realizó la transmisión de la propiedad, aunque no se tenga que abonar impuestos por la venta. Igualmente, aconsejamos acudir al gestor que le realice la renta para que le indique. Esperamos haberte ayudado con tu caso. ¡Un saludo!
Buenas tardes;
Vivo en Badalona(Barcelona) y estoy viviendo en un piso que compre hace 2 años. Cumplo 65 años dentro de 8 meses.
Quiero venderlo para comprarme otro también, como vivienda habitual. Tengo que pagar impuestos? por llevar 2 años viviendo? Y si es así, que cantidad se tributa. Y si faltan unos meses por cumplir los 65 estoy exenta ? (soy pensionista)
Muchas gracias.
Bon dia, Maria Elena. Si vas a reinvertir el dinero de la venta en otra vivienda habitual, estarás extenta del IRPF hayas cumplido los 65 años o no lo hayas hecho. Eso sí, debes cumplir con los requisitos que establece Hacienda: uno de ellos, es haber vivido 3 años seguidos en la vivienda antes de la venta. Al tener 65 años, estarás exenta del IRPF quieras o no quieras reinvertir el dinero en otra vivienda habitual.
Recuerda que el pago del IRPF es una cosa y la plusvalía municipal es otra: esta deberás pagarla sí o sí al Ayuntamiento de Badalona.
Un saludo.
Buenos días tengo 69 años y voy a vender mi vivienda habitual para comprar otra vivienda habitual que está en construcción tengo que pagar plusvalía municipal por la venta y la compra? Gracias. Saludos
¡Buenas tardes Demetria!
El impuesto de la plusvalía municipal depende del ayuntamiento. Esta administración será quién establezca el trámite para efectuar el pago. Al tener más de 65 años no pagarías la plusvalía municipal por ganancia patrimonial, estás exenta de este impuesto. De todas formas, te aconsejamos consultarlo con un asesor fiscal para que te de las pautas de cómo hacerlo.
¡Un saludo!😊
Mis padres van a vender su piso en julio de 2025 del cual les quedara 140.000?„tienen mas de 65 años que plusvalía municipal deberán abonar?.
Por otro lado quieren regalarnos la mayoría de lo que ganen en la venta, cual sería la formaque sale mejor para abonar menos impuestos, ya sea en el mismo momento, o al año siguiente en la declaración de la renta por mi parte al haber recibido una cantidad grande de dinero?.
Gracias de antemano.
Hola, Iván. Puedes calcular, de forma orientativa, cuánto pagarán a través de nuestra calculadora de plusvalía municipal. Recuerda que la edad no te exime de este impuesto. Por otro lado, tienen varias opciones para regalaros el dinero, pero deberéis consultar a un asesor financiero para que os aconseje con todas las facultades. Un saludo.
Buenas. En el artículo veo textual que los mayores de 65 están exentos del pago de la plusvalía municipal, pero creo que eso es incorrecto ya que se lo que están exentos es de la plusvalía generada en la venta, pero a efectos de la declaración del IRPF. Podrían por favor aclarar este punto? Muchas gracias
Hola, Heliodoro. Es de suma importancia distinguir entre la plusvalía municipal y el IRPF sobre las ganancias de la venta de una vivienda. Los mayores de 65 años están exentos del pago del IRPF, pero no de la plusvalía municipal, como tú adviertes. Gracias por la aclaración.
Hola , sería interesante que también dijeran o aclararan al informar sobre el concepto de vivienda habitual, que entiende Hacienda por ese concepto,lo digo porque tengo entendido que muchas personas mayores de 65 años que venden su vivienda habitual, i se separan ,o divorcian,,no saben que ésta pierde su condición en el caso que hubieran alquilado dicha vivienda aunque sea temporal ,vacacional o incluso parcial (huéspedes)cuando no hayan transcurrido al menos tres años de ello!! Es decir que en el momento de la venta tiene que haber transcurrido un mínimo tres años,como vivienda de uso habitual ,;!ya que esa perdida de condición implica que tendrían que pagar el impuesto de IRPF,indistintamente de que tuvieran los 65 años cumplidos .
Gracias por su atención
BD. Tengo una una casa que es donde vivo desde hace 22años y tengo 68 , quería venderla y mi pregunta es si pagaría IRPF teniendo en cuenta que no estoy empadronado en ella , es la única propiedad que tengo ,pago la luz agua y basuras , los vecinos e incluso la policía municipal el cartero pueden testificar que vivo en ella .Tengo obligación de pagar IIRPF. Gracias de antemano
Hola, Enrique. Gracias por ponerte en contacto con nosotros.
En princpio, el padrón es una herramienta básica que testifica que vives en una vivienda. En la página web de Hacienda, no obstante, no se especifica que deba usarse el padrón como justificación de vivir en una vivienda. Se supone, pues, que si has vivido de manera efectiva durante los últimos tres años en la vivienda en cuestión y puedes demostrarlo, deberá considerarse como habitual a efectos de IRPF, pero te recomendamos encarecidamente ponerte en contacto con la Agencia Tributaria para preguntar qué otros documentos pueden aceptar para verificar este hecho.
¡Un saludo! 🙋♂️
Tengo más de 65 años y he vendido mi casa que es mi residencia habitual por menos importe del que compré. En total cobro 87.000,€, y voy a comprar piso también como residencia habitual por 70.000€. Que gtos debo afrontar?
Hola, María. A priori, deberás afrontar la plusvalía municipal si ha habido un incremento del valor del suelo. Si los datos que proporcionas son veraces, estás exenta de pagar el IRPF por la venta de la casa, que no te ha supuesto una ganancia patrimonial. ¡Feliz verano! ☀️
Hola, quiero donar una vivienda a mi hijo que no es mi vivienda habitual, soy mayor de 65 años, ¿tendría que pagar el IRPF? ¿Mi hijo solo tendrá que pagar la plusvalía y el impuesto de sucesiones o más?
Gracias
Hola, Manuel. Sí, deberías pagar el IRPF siempre que haya una ganancia patrimonial, es decir, que haya una diferencia positiva entre el valor de adquisición y el valor de transmisión del inmueble en tu declaración de la renta. Tu hijo tendrá que pagar, en efecto, el impuesto de donaciones y la plusvalía municipal.
Hola, quiero donar a mi hijo un piso que no es mi vivienda habitual y que ha aumentado mucho el valor, tengo más de 65 años y quería saber si tengo que pagar el IRPF y también qué deberá pagar mi hijo al recibirlo.
Muchas gracias
Hola me acabo de empadronar en la comunidad donde tengo la segunda vivienda,asi como he informado a la agencia tributarias que me corresponde en esa comunidad y ahora esta segunda vivienda va a pasar a ser mi vivienda habitual, la duda es tengo que cambiar de medicos al vivir en otra comunidad,pues si cambio pierdo a los especialistas que me ven y por otro lado la distancias de los medicos es casi la misma,puede esto influir el no ir al servicio de salud donde estoy empadronado y ante la agencia tributaria en caso de que dentro de unos años decida vender la vivienda.
Hola, Mariano. Hacienda toma en consideración el uso de la casa, no de los centros médicos del país, para el pago y exención de impuestos relacionados con ella. ¡Un saludo! 🙂
Hola, si soy mayor de 65 años y quiero COMPRAR mi primera vivienda también estoy exento del ITP? O esto aplica solo para la venta?
Hola, Kelly. Deberás, por supuesto, pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales, que además depende en porcentaje de la comunidad autónoma donde compres. Feliz tarde. 🙂
Hola mi marido tiene 80 y yo 73 hemos comprado una casa y puesto como vivienda habitual en febrero, ahora vendemos la nuestra de hace 22 años ,estamos exentos de pagar a hacienda?
Hola, Amparo. Sí, estáis exentos de pagar a Hacienda, pues la vivienda ha sido habitual durante al menos 3 años consecutivos. ¡Un saludo!
Hola
Tengo 69 años mi mujer 65 hemos comprado una casa en junio 2022 somos residentes fiscales en España
vengo de poner mi casa en venta plus valia 400 000 Euros tengo que pagar algo si compro otra casa
¡Hola, Segundo! Al vender una casa, debes afrontar el pago de la plusvalía municipal, un impuesto que recauda el Ayuntamiento y que depende del aumento del valor del terreno sobre el que está edificada la vivienda. Este no tiene exenciones por edad.
El IRPF, sin embargo, se paga según la ganancia patrimonial por la venta del inmueble, y tiene algunas exenciones: para vuestro caso, estáis exentos siempre que lo que vendisteis fuera vivienda habitual durante los últimos tres años.
Salud.
Hola, mi suegra tiene 71 años y va a vender una vivienda que no es la habitual, ya que está de alquiler en otra por movilidad, el dinero de la venta lo quiere utilizar para comprar una que si este adaptada a ella para ser su vivienda habitual. ¿Estaria exenta en ese caso del IPRF por comprar una vivienda y destinarla a habitual aunque la que venda no sea la habitual?
Hola, María del Carmen. Según la disposición adicional vigéstima tercera de la Ley IRPF, «se considerará vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda». En su página web, la Agencia Tributaria considera que «se entenderá igualmente como circunstancia que necesariamente exige el cambio de vivienda el hecho de que la anterior resulte inadecuada como consecuencia de la discapacidad del propio contribuyente». Si tu suegra puede demostrar que, por asuntos de movilidad, tuvo que cambiarse necesariamente de vivienda, esa podría seguir siendo considerada habitual y, por lo tanto, podría aplicar la exención por reinversión en vivienda habitual.
Recomendamos, de todos modos, ponerse en contacto con la misma Agencia Tributaria para exponer la situación con mayor detalle y recibir una respuesta más determinante. Están disponibles desde el teléfono 91 554 87 70.
¡Un saludo!