Nueva ley okupas 2022: Todo lo que debes saber

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En Cataluña se ha aprobado una nueva ley okupas 2022 o la Ley Antidesahucios con la que se sustituye la norma autonómica de hace un año, que fue anulada por el Tribunal Constitucional por un defecto de forma.  Una de las cláusulas más polémicas que forman parte de esta ley tiene que ver con el régimen de alquiler de una vivienda social a okupas, de la que vamos a hablar detenidamente a continuación. Y es que en ella, los grandes tenedores deberán responder ante ciertas obligaciones asociadas a inquilinos morosos u okupas que acrediten su vulnerabilidad económica. Vamos a ello.

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Nueva ley okupas 2022 en Cataluña

Se trata de la Ley 1/2022, de 3 de marzo, cuyo objetivo es afrontar una situación de emergencia en el sector de la vivienda. Conocida como la Ley Antidesahucios, finalmente salió adelante a finales de febrero con el apoyo de varios partidos políticos como PSC, CUP o ERC. 

Tras su aprobación, la normativa salió publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, entrando en vigor el pasado 8 de marzo. Ahora bien, ¿en qué consiste la nueva ley de okupas 2022 de la que tanto se habla?

Empresas y particulares obligados a ofrecer un alquiler social a okupas

El texto de esta nueva normativa dice, textualmente, lo siguiente: 

«La presente ley afronta los retos inmediatos, que no admiten demora, atendiendo a la gravedad de la situación descrita, mediante medidas de refuerzo urgentes para evitar la inminente pérdida de la vivienda habitual de miles de familias en Cataluña, fundamentalmente, mediante alquileres sociales». 

Asimismo, también señala que su intención es detener los desalojos de personas en situación de exclusión residencial. Además, pretende dotar de seguridad en la permanencia en el hogar a las familias que han afrontado situaciones de riesgo de pérdida de la vivienda habitual mediante alquileres sociales. Esto último ya sea con arrendamientos a precios tasados por parte de grandes tenedores o con realojos por parte de las administraciones públicas. 

Eso viene a decir que los particulares que tengan más de 15 viviendas o las empresas que tengan más de 10 pisos deberán ofrecer alquiler social a inquilinos que no pueden pagar el alquiler o que hayan usurpado una propiedad. Igualmente, tendrán que llevar a cabo este tipo de cesión durante un periodo determinado, cuyo número de años dependerá de si son particulares, empresas o bancos.

¿Quienes son los principales perjudicados de esta ley?

Las principales perjudicadas son las empresas financieras porque deberán cumplir esta condición de forma obligatoria. En cuanto a los demás afectados, podrán acudir al Gobierno catalán para que se haga cargo del pago del alquiler social al que pueden acogerse los inquilinos morosos u okupas. La idea es que la Agencia de Vivienda de Cataluña pueda ocuparse del contrato de arrendamiento o sufragar este pago a través de ayudas directas. 

Esta nueva ley, por tanto, pretende poner fin a los desahucios. Además, los grandes tenedores que no estén vinculados a bancos o fondos de inversión podrán solicitar que la Agencia de Vivienda de Cataluña asuma los alquileres de las familias en riesgo de una u otra forma. De esa manera, sus miembros pasarían a ser inquilinos a precio de pisos de protección oficial.

Asimismo, esta nueva Ley también decreta la expropiación de propiedades no utilizadas durante 2 años de forma injustificada. Es decir, aquellas viviendas que hayan estado deshabitadas durante este tiempo serán confiscadas a sus dueños, independientemente de que sean empresas, entidades financieras o particulares.

Duración mínima de los contratos de alquiler social

Como ya hemos mencionado, la normativa estará sujeta a particulares que tengan más de 15 viviendas o empresas con más de 10 pisos. De esa forma, los ocupantes de esas viviendas se les ofrecerá un alquiler social, aunque no dispongan de contrato y hayan usurpado la vivienda.

En consecuencia, los okupas o personas vulnerables están protegidas desde la aprobación de esta normativa. Además, la medida alarga la obligatoriedad en el tiempo, aumentando la duración mínima de estos contratos de alquiler social

  • En el caso de las personas físicas, la duración será de 5 años. 
  • Si la persona es jurídica, 7 años. 
  • Si se trata de un banco o un fondo de inversión, 12 años.

La nueva ley de okupas, o más conocida como Ley Antidesahucios, se ocupará de controlar las ofertas de alquiler social obligatorio. Asimismo, creará un registro de carácter administrativo de grandes tenedores. Este registro dependerá directamente de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y en él deberán inscribirse las personas jurídicas con más de 10 propiedades. 

Para hacerlo posible se estableció el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la ley, durante el cual las personas jurídicas habrían comunicado el número y relación de viviendas que poseen.

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6 Comentarios

  1. Mustafa Mohamed Mohamed 15 de septiembre de 2022
    • Housfy 19 de septiembre de 2022
  2. Judith 7 de octubre de 2022
    • Housfy 11 de octubre de 2022
  3. Henry Rodriguez 22 de marzo de 2023
    • Housfy 22 de marzo de 2023

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