Impuesto de sucesiones en Madrid: Todas las claves

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Es probable que alguna vez hayas escuchado aquello de que el impuesto de sucesiones en Madrid no se paga, y en muchos casos parece cierto. No obstante, el impuesto de sucesiones en Madrid existe. Sin embargo, cabe señalar que, en muchos casos, el tipo de gravamen del impuesto es únicamente del 1 % y que dista mucho de lo que se acaba pagando por el mismo concepto en otras comunidades autónomas. En el post de hoy vamos a tratar todo ello: desde en qué consiste el impuesto, hasta cuánto se paga y quién debe afrontar el pago. Todo ello te ayudará a conocer en más profundidad cómo te puede afectar una posible herencia de, por ejemplo, un piso. ¿Te sale a cuenta mantenerlo o a lo mejor es preferible vender la vivienda? Todo ello y más en este post, ¡así que vamos a ello!

¿Qué es el impuesto de sucesiones?

Entremos al detalle. El impuesto de sucesiones es un tributo progresivo, es decir, no hay un porcentaje fijo e inamovible del gravamen. Este impuesto grava el patrimonio adquirido por las personas físicas a través de una herencia como, por ejemplo, los pisos o los bienes muebles. Para que se considere impuesto de sucesiones tiene que ser que se adquiera el bien tras la muerte del donante. En caso contrario, se consideraría una donación y la cantidad a pagar sería distinta.

El gravamen, generalmente, oscila desde el 7,65 % hasta el 34 %. A este porcentaje se le debería aplicar, después, las bonificaciones correspondientes en cada comunidad autónoma.

¿Quiénes son herederos?

En caso de que una persona fallezca y en caso de que no haya testamento, el orden de sucesión es el que se ve a continuación:

  1. Los hijos (descendientes naturales)
  2. Los ascendientes
  3. El/la cónyuge
  4. Los hermanos y/o parientes familiares
  5. El Estado

¿Dónde y cuándo se tributa?

En caso de que la persona en cuestión fallezca, la herencia se tributa en la comunidad autónoma donde residía el fallecido. El plazo para verificar el pago después del fallecimiento es de seis meses desde que la persona muere.

¿Cuánto se debe pagar por el impuesto de sucesiones en Madrid?

La cantidad total a pagar del impuesto de sucesiones en Madrid se calcula del siguiente modo:

  • En primera instancia, se tiene que calcular la masa hereditaria bruta. En otras palabras, se debe saber el valor total de los bienes incluidos en la herencia.
  • Una vez calculado este valor, se dividirá entre los herederos tal y como especifique el testamento (o la ley en caso de no haberlo).
  • Esta cantidad que nos corresponde recibe el nombre de porción hereditaria individual. Este será la base del impuesto una vez hayamos añadido los seguros y aplicado las reducciones pertinentes. La base se multiplica por un coeficiente para saber el total a pagar.

Sin embargo, en los casos que los herederos sean el cónyuge, parejas de hecho o familiares de primer grado de consanguinidad el impuesto se bonifica en un 99 % en Madrid. Hasta tercer grado de afinidad, los herederos podrán beneficiarse de reducciones del impuesto. De ahí que se diga que en el impuesto de sucesiones en Madrid no se pague, ya que la cantidad a abonar, en la mayoría de casos, es ínfima.

Impuesto de sucesiones en Madrid

¿Quién paga el impuesto?

La responsabilidad del pago recae en el heredero. No obstante, aunque el heredero viva en otra comunidad autónoma, deberá pagar el impuesto en la comunidad donde el causante haya fallecido, como ya hemos mencionado anteriormente. Por ello, si un familiar reside en Madrid, el impuesto de sucesiones a pagar será casi nulo.

¿Qué se considera residencia habitual?

Se considera residencia habitual aquella donde el fallecido haya vivido más tiempo en sus últimos 5 años de vida. Es la forma que tiene la agencia tributaria de evitar que los residentes en comunidades autónomas que no se beneficien de las ventajas del impuesto de sucesiones en Madrid, cambien su residencia meses antes de una defunción.

Tramitación del impuesto de sucesiones en Madrid

Los herederos disponen de seis meses a partir de la fecha de la defunción de la persona física, para pagar el impuesto. No obstante, se puede pedir una prórroga de otros 6 meses aproximadamente durante los 5 primeros meses.

Tras recibir una herencia, son muchos los casos en que los bienes inmuebles quedan en propiedad de varias personas, y las viviendas se acaban vendiendo para poder obtener liquidez. Si lo que se busca es vender un piso en el menor tiempo posible y ahorrando en comisiones, Housfy es la alternativa. Gracias a nuestro equipo de expertos en el sector inmobiliario, te ayudamos a vender la vivienda lo más rápido posible y ahorrando hasta 14.000 € en comisiones.

En otras ocasiones, alguno de los herederos quiere quedarse con el inmueble heredado y pagar la cantidad correspondiente al resto. Pero para ello, muchas veces es necesario contratar una hipoteca. Si este es tu caso, estás de suerte. Nuestros asesores te conseguirán una hipoteca con buenas condiciones y que se adapte a ti.

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