Claves sobre el plazo para la devolución de la fianza del alquiler en Madrid

La fianza es la forma que el propietario tiene de protegerse ante posibles impagos o desperfectos por parte del inquilino. Aunque su funcionamiento es algo distinto en cada comunidad, las preguntas que genera son las mismas. Una de las que más se les plantean a nuestros expertos en gestión de alquileres en Madrid es: “¿Cuál es el plazo para la devolución de la fianza del alquiler en Madrid?” Descúbrelo a continuación. 

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¿Cómo funciona la fianza del alquiler en Madrid?

Como hemos dicho, la fianza es (sin contar los seguros de alquileres) la mejor protección del propietario, y su funcionamiento es distinto en cada Comunidad Autónoma ya que también son distintos los órganos competentes. La Agencia de la Vivienda Social es la encargada de custodiar las fianzas en la Comunidad de Madrid

Así, en un plazo de treinta días hábiles tras la entrada en vigor del contrato de alquiler, el arrendador deberá depositar la fianza aportada por el inquilino. De no hacerlo, se le penalizaría con un recargo del 2 %, o del 5 % si transcurriera más de un año. El depósito puede realizarse tanto de forma presencial como online

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¿Cuál es, en Madrid, el plazo para devolver la fianza?

Este es un punto de la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos) que aún genera discusiones. El artículo 36.4 establece que, si pasado un mes tras la entrega de llaves por parte del inquilino, el propietario no ha devuelto la fianza, deberá hacerlo con intereses. Es decir, el artículo explicita que no devolver la fianza en ese plazo de un mes tiene penalizaciones (devolverla con intereses), pero no que sea obligatorio hacerlo. 

Pese a todo, en la práctica se acepta que el plazo para la devolución de la fianza del alquiler en Madrid (igual que en el resto de España) es de un mes. Por su parte, la Agencia de la Vivienda Social se compromete a devolver la fianza, también, en el plazo de un mes. Y a su vez, prescribe que, si no se solicita la devolución en los cinco años posteriores a la extinción del contrato, se pierde el derecho a ella.  

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¿Cómo se solicita la devolución de la fianza en Madrid?

Aunque el encargado de devolver la fianza del alquiler en Madrid sea la Agencia de la Vivienda Social y el interesado sea el inquilino, el obligado a solicitar la devolución es el arrendador. Hay oficinas donde hacerlo presencialmente, pero la manera más cómoda es solicitarla online. En cualquier caso, simplemente hay que rellenar una solicitud de devolución

No está de más que conozcas algunas especificidades por si tu caso está entre ellas: 

  • Si el arrendador actual y el que figura en el contrato no son el mismo, hay que aportar algún documento que acredite la nueva titularidad. 
  • Si el titular de la cuenta a la que se devolverá la fianza no es el arrendador, hay que adjuntar una autorización de este último y una fotocopia de su DNI.

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