Guía completa del seguro de comunidad de propietarios

El seguro de comunidad de propietarios es esencial a la hora de proteger un inmueble residencial. Descubre a continuación sus coberturas y cláusulas principales, así como la importancia de contratarlo.

Andrea Poveda Autora
7 min de lectura Tiempo estimado
3 ago 2023 Última actualización

Índice de contenidos

  1. ¿Qué es el seguro de comunidad de propietarios?

  2. ¿Es obligatorio contratar un seguro de comunidad?

  3. ¿Qué cubre el seguro de comunidad de propietarios?

  4. ¿Cuánto cuesta el seguro de comunidad de propietarios?

  5. ¿Quién debe contratar el seguro de una comunidad de propietarios?

  6. ¿Quién se encarga del pago del seguro de una comunidad de propietarios?

  7. ¿Qué diferencias hay entre el seguro de comunidad y el seguro de hogar?

  8. ¿Qué sucede si mi comunidad no tiene contratado este seguro?

  9. ¿Se puede reclamar un accidente sin estar asegurado?

¿Qué es el seguro de comunidad de propietarios?

El seguro de comunidad de propietarios es un tipo de seguro que protege los intereses de los propietarios de un edificio en régimen de propiedad horizontal, también conocido como comunidad de propietarios. 

Este seguro cubre los posibles daños que puedan sufrir las zonas comunes del edificio, así como los daños que puedan afectar a las viviendas y locales de la comunidad.

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¿Es obligatorio contratar un seguro de comunidad?

De forma general, la respuesta es “no”. En la Ley de Propiedad Horizontal, que rige la normativa de las comunidades de propietarios a nivel nacional, no existe una cláusula específica que obligue a los propietarios de un inmueble a contratar dicha póliza.

No obstante, en las Comunidades Autónomas de Valencia y Madrid, el seguro de comunidad de propietarios sí es obligatorio. Así lo registran sus legislaciones correspondientes.

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¿Qué cubre el seguro de comunidad de propietarios?

El seguro de comunidad de propietarios cubre, en esencia, los riesgos y siniestros que puedan afectar a las zonas comunes de un edificio con régimen de propiedad horizontal.

Las coberturas básicas y más comunes que suelen incluirse en este tipo de seguro son las siguientes:

  • Daños materiales. Aquellos causados por incendios, explosiones, caídas de rayos y actos vandálicos, entre otros, que afecten al edificio y mobiliario de la comunidad.
  • Daños por agua. Cubre los daños causados por el agua en conductos de la comunidad de vecinos, como serían las filtraciones en las tuberías.
  • Responsabilidad civil. Ofrece cobertura a la comunidad ante cualquier reclamación por daño causado a terceras personas en las zonas comunes del edificio o alrededores.
  • Asistencia jurídica a la comunidad. Cubre el asesoramiento jurídico y la defensa en cuestiones administrativas de la comunidad, entre otros aspectos.
  • Robo o vandalismo. Ofrece la cobertura ante robos o actos vandálicos que ocurran en las zonas comunes del inmueble.
  • Ruina total del edificio. 

Ten en cuenta que las coberturas pueden variar en función de la aseguradora y del tipo de contrato de seguro. Por ende, es recomendable leer con detenimiento todas las condiciones y coberturas de cada póliza antes de dar el paso y contratarlo.

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¿Cuánto cuesta el seguro de comunidad de propietarios?

No existe un precio concreto establecido para este tipo de seguros. Así, el precio del seguro de comunidad de propietarios depende de muchos factores, entre los que se incluyen:

  • Localización de la comunidad de propietarios.
  • Metros cuadrados de viviendas y locales.
  • Metros cuadrados de garajes y otros espacios adjuntos.
  • Fecha de construcción del inmueble.
  • Número de pisos y de hogares.
  • Número de locales comerciales.
  • Rehabilitaciones.

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¿Quién debe contratar el seguro de una comunidad de propietarios?

La contratación del seguro de una comunidad de propietarios corre a cargo del Presidente de la comunidad, desde un punto de vista puramente administrativo. En cualquier caso, esta tarea podría derivarse al Administrador de la finca.

No obstante, la Junta de propietarios será el órgano que decida si se contrata o no el seguro. Para ello, el acuerdo requerirá la mayoría simple de los votos.

Se trata de una decisión que involucra a todos los propietarios de la comunidad.

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¿Quién se encarga del pago del seguro de una comunidad de propietarios?

El pago de las cuotas del seguro de una comunidad de propietarios corre a cargo de todos los copropietarios de la comunidad. A su vez, el coste se reparte entre los propietarios en función de su coeficiente de participación en la comunidad.


Este coeficiente viene determinado por la superficie de la vivienda, así como otros criterios concretos relacionados con la propiedad particular.

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¿Qué diferencias hay entre el seguro de comunidad y el seguro de hogar?

Mientras que el seguro de comunidad de propietarios tiene el objetivo de proteger las zonas comunitarias de un inmueble residencial, el seguro de hogar se centra en proteger una vivienda particular, así como sus contenidos.

En otras palabras, el seguro de hogar protege la vivienda y sus contenidos. Por otra parte, el seguro de comunidad de propietarios ofrece coberturas más específicas, como robos en zonas comunes o responsabilidad civil frente a terceros.

¿Qué sucede si mi comunidad no tiene contratado este seguro?

En el caso de que tu comunidad de propietarios no tenga contratado este tipo de seguro, serán los vecinos quienes se encarguen de pagar cualquier problema o desperfecto que surja en el inmueble. 

Asimismo, cada vecino o propietario abonará el importe correspondiente a su coeficiente de participación en la comunidad.

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¿Se puede reclamar un accidente sin estar asegurado?

Si tu edificio no cuenta con un seguro de comunidad de propietarios y sucede un siniestro, podrías reclamar directamente al constructor del mismo. Los tipos de reclamación varían en función del tiempo que haya transcurrido desde la construcción de la propiedad. Son los siguientes:

  • Primer año posterior a la obra. Pueden reclamarse los elementos de acabado de la construcción.
  • Primeros tres años posteriores a la obra. Reclamación de desperfectos relacionados con la habitabilidad del inmueble.
  • Primeros diez años posteriores a la obra. Podrán reclamarse siniestros relacionados con la estructura base del edificio, como las vigas o pilares, entre otros.

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