Además, de la comisión de apertura, una hipoteca puede acarrear estas otras comisiones:
- Subrogación. Se paga si se decide cambiar de entidad bancaria. Por ley, será del 0,5 % del capital que quede pendiente si se hace el cambio durante los primeros cinco años, mientras que será del 0,25 % si se hace a partir del sexto año. Tenemos dos tipos de subrogación:
- Cambio de deudor. Se da cuando se cambia el titular de la hipoteca.
- Cambio de acreedor. Se da cuando se cambia a otro banco.
- Amortización anticipada. Esta comisión se cobra por adelantar el capital prestado, ya sea un adelanto total o parcial.
- Riesgo del tipo de interés. Solo se da en hipotecas fijas en caso de que el banco tenga pérdidas financieras con la operación del cliente. La comisión no puede superar la cantidad de la pérdida.
Novación. Se da en caso de que se cambien las condiciones de la hipoteca y el banco podrá pedir, como mucho, un 0,1 % del capital que haya pendiente.